Cualquier acto de maltrato animal debe ser condenado

Cualquier acto de maltrato animal debe ser condenado

Desde hace un par de días se ha viralizado un video que muestra un nuevo y claro caso de maltrato animal. Lo más indignante es que ocurre en una dependencia del Estado.

Es un hecho lamentable, que espero sea sólo una acción aislada de algunos desadaptados que ordenaron este terrible acto.

No hay excusa para cometer estas criminales acciones contra ningún tipo de animal. Es crueldad y una falta total de empatía de una entidad que se supone que nos tiene que cuidar de la violencia. No hay justificación, este es un acto terrible.
Un perro no puede entrenar a otro perro, no hay excusa válida. Debe castigarse severamente a los responsables y dueños de los perros que permitieron esta inhumana acción. Hay una desigualdad muy grande entre ellos. Ese es un perro pastor preparado para el ataque. Mientras que el otro tiene la cola metida entre las piernas, “ese perro está viviendo el terror de su vida”.


La condena máxima debe aplicarse ejemplarmente a los responsables de tremendo acto de abuso y crueldad animal. No hay excusa ni explicación válida. Vivimos en una sociedad cada día más violenta y la empatía es el armamento que debemos usar para combatir la violencia.

Es una pena que la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, que establece las condiciones necesarias para brindar protección a las especies de animales vertebrados domésticos o silvestres no se cumpla, Esta establece penas privativas de la libertad para aquellos que maltraten o causen la muerte a un ser vivo.

Sin embargo, pareciera que esta ley sólo fuera un saludo a la bandera que fue promulgada para calmar a los animalistas. Desde el 2016 sólo han sido sentenciados un par de personas y esto gracias a la presión de las diferentes ONGs e instituciones animalistas.

Pero, ¿qué establece esta ley?

En primer lugar, la norma considera como animal de compañía a "toda especie doméstica que vive en el entorno humano familiar, cuyos actos puedan ser controlados por el dueño o tenedor".

En este caso se considera maltrato y se prohíbe el abandono en la vía pública, “por constituir un acto de maltrato y una condición de riesgo para la salud pública”.

De igual forma la utilización de animales en espectáculos de entretenimiento público o privado “donde se obligue o condicione a los animales a realizar actividades que no sean compatibles con su comportamiento natural o se afecte su integridad física y bienestar”.

Otro punto que se prohíbe es la “tenencia, caza, captura, crianza, compra y venta para el consumo humano de especies animales no definidas como animales de granja [animales para el consumo humano]” y las peleas de animales tanto domésticos como silvestres, en lugares públicos o privados.
Otro punto que se prohíbe es la “tenencia, caza, captura, crianza, compra y venta para el consumo humano de especies animales no definidas como animales de granja [animales para el consumo humano]” y las peleas de animales tanto domésticos como silvestres, en lugares públicos o privados.

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